La Comunidad de Aprendizaje de los Condados de Douglas y Sarpy (Comunidad de Aprendizaje), una subdivisión política de Nebraska encargada de reducir la brecha de rendimiento estudiantil, está aceptando solicitudes para llenar una vacante en su cuerpo directivo (Consejo de Coordinación) que representa al Subconsejo de Logros 4 (consulte la Comisión Electoral del Condado de Douglas para obtener información sobre los límites). El nombramiento tiene un período de servicio desde agosto de 2024 hasta diciembre de 2024.
La solicitud de cita previa se puede encontrar en www.learningcommunityds.org . Las solicitudes deben presentarse en persona o por correo postal de EE. UU. a la Comunidad de Aprendizaje en 1612 N. 24th St., Omaha, NE 68110 con recibo antes de las 3:00 p.m. del 9 de agosto de 2024 (según la política, 10 días después de este comunicado de prensa). Las solicitudes incompletas y las solicitudes recibidas después de la fecha límite no serán consideradas.
Los solicitantes seleccionados para ser entrevistados serán notificados antes del viernes 16 de agosto de 2024. El Consejo Coordinador entrevistará a los candidatos seleccionados en su próxima reunión ordinaria (22 de agosto de 2024) o en una reunión extraordinaria convocada para tal fin. Después de que todos los candidatos hayan sido entrevistados, el Consejo de Coordinación puede designar y votar por hasta tres (3) finalistas para el nombramiento, y el finalista recibe la mayoría de los votos emitidos asegurando el nombramiento. La persona designada prestará juramento en la misma reunión en la que se lleve a cabo la votación o en la siguiente reunión del Consejo de Coordinación. En el momento de su juramento, la persona designada tendrá todos los privilegios y responsabilidades de un miembro del Consejo de Coordinación. El Consejo de Coordinación declarará concluido el proceso de designación sin nombramiento, y lo iniciará de nuevo, si (1) ningún candidato es invitado a entrevista; (2) ningún candidato es designado finalista; o (3) si ningún finalista obtiene la mayoría de los votos emitidos.
Antecedentes y responsabilidades del Consejo de Coordinación
El Consejo de Coordinación está formado por doce (12) miembros elegidos de seis (6) Subconsejos de Logros situados en los condados de Douglas y Sarpy. Cada miembro electo del Consejo de Coordinación ejerce sus funciones durante un mandato de cuatro (4) años, y los miembros nombrados para cubrir una vacante ejercen sus funciones durante el resto del mandato del miembro electo al que sustituyen. El Consejo de Coordinación es responsable de los asuntos empresariales y jurídicos de la Comunidad de Aprendizaje. Los miembros del Consejo de Coordinación dependen del Presidente del Consejo de Coordinación.
Las funciones de los miembros del Consejo de Coordinación son, entre otras, las siguientes:
- Vivir dentro de los límites geográficos del Subconsejo de Logros para el que el miembro ha sido elegido o designado.
- Preparar y asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Coordinación y del correspondiente Subconsejo de Logros.
- Formar parte de al menos un subcomité del Consejo de Coordinación.
- Apoyar y defender la misión y los objetivos de la comunidad de aprendizaje.
- Seleccionar, apoyar y revisar la actuación del Consejero Delegado.
- Observar los estatutos, políticas y procedimientos de la comunidad de aprendizaje, así como las leyes aplicables que rigen su funcionamiento.
- Proporcionar información a través del Presidente del Consejo de Coordinación.
- Garantizar una planificación eficaz.
- Supervisar la gestión de los recursos.
- Aprobar el presupuesto anual.
- Supervisar y garantizar que los programas y servicios actuales y propuestos sean coherentes con la misión y el propósito de la comunidad de aprendizaje y con la legislación aplicable.
- Respetar la autoridad y la acción del Consejo de Coordinación.
- Asistir a los retiros y capacitaciones del Consejo de Coordinación según lo programado.